La enfermedad como causa de suspensión del Contrato de Trabajo

Por: Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Costa Rica San José, CR. : Investigaciones JurídicasEdición: 1a. edDescripción: 92 pISBN:
  • 9977-13-063.9
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 340.284
Recomendación de contenido: Durante la vigencia del contrato de trabajo, y como parte de ella, suelen presentarse una serie de sucesos, hechos o acontecimientos, que impiden o permiten al trabajador no prestar servicios durante un determinado período y, sin embargo, el contrato de trabajo permanece con vida. Algunas veces esa no prestación de servicios lleva aparejado el no pago de salario! o remuneración, por parte del patrono pero otras veces, no obstante la naturaleza de contraprestación que tiene el salario, el patrono debe pagar alguna suma de dinero a título de indemnización, de subsidio, de carga social o de sanción. Como ejemplo de tales hechos pueden citarse: las vacaciones anuales remuneradas, el día de descanso semanal en actividades comerciales, los feriados, la maternidad, la huelga y el paro legales, la falta de materia prima para llevar adelante los trabajos, la fuerza mayor o el caso fortuito, la muerte o incapacidad del patrono, (estos tres últimos siempre y cuando tengan como consecuencia inmediata y directa el cierre de los negocios o establecimientos), el arresto y la prisión preventiva, la suspensión disciplinaria, etc
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Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura topográfica Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Libros Libros Biblioteca Mons. Antonio Troyo Calderón Colección General Disponible L38537

Durante la vigencia del contrato de trabajo, y como parte de ella, suelen presentarse una serie de sucesos, hechos o acontecimientos, que impiden o permiten al trabajador no prestar servicios durante un determinado período y, sin embargo, el contrato de trabajo permanece con vida. Algunas veces esa no prestación de servicios lleva aparejado el no pago de salario! o remuneración, por parte del patrono pero otras veces, no obstante la naturaleza de contraprestación que tiene el salario, el patrono debe pagar alguna suma de dinero a título de indemnización, de subsidio, de carga social o de sanción. Como ejemplo de tales hechos pueden citarse: las vacaciones anuales remuneradas, el día de descanso semanal en actividades comerciales, los feriados, la maternidad, la huelga y el paro legales, la falta de materia prima para llevar adelante los trabajos, la fuerza mayor o el caso fortuito, la muerte o incapacidad del patrono, (estos tres últimos siempre y cuando tengan como consecuencia inmediata y directa el cierre de los negocios o establecimientos), el arresto y la prisión preventiva, la suspensión disciplinaria, etc

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